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Okupas en casas de verano: ¿Cómo actuar ante una ocupación de mi vivienda?

Okupas en casas de verano: ¿Cómo actuar ante una okupación de mi vivienda?
¿Cómo debo actuar si ocupan mi vivienda? Para echar rápido a los "okupas", estos son las opciones legales 

¿Qué hacer si los okupas han invadido tu casa? la ocupación de viviendas en España se ha convertido en un problema al alza, la alarma social va en aumento. 

Protestas, caceroladas y enfrentamientos entre vecinos y okupas que se han instalado de forma irregular en viviendas, este es el escenario actual en nuestro país. 

En la mayoría de los casos, los okupas invaden pisos vacíos de bancos y fondos de inversión, pero también hay muchos casos en los que entran en casas de propietarios. 

Ante esta situación de inseguridad ¿qué debo hacer si ocupan mi vivienda? Estas son las son las opciones legales para echar de forma rápida a los okupas. 

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Cómo echar a los okupas de mi casa 

Estos son los pasos que debes seguir si tu vivienda ha sido ocupada: 

1. Alerta a la Policía

Si es tu vivienda habitual y descubres que han ocupado el inmueble, lo recomendable es poner, de forma inmediata, una denuncia ante la Policía

De esta forma se acelerará el proceso del desalojo inmediato de la vivienda, al tratarse de un delito flagrante, donde el delincuente ha sido sorprendido en el acto. 

Debes facilitar tu identidad y acreditar que eres el morador con tu DNI o el certificado de empadronamiento. 

2. Denuncia ante el juzgado

Si no has presentado denuncia inmediata ante la Policía, tendrás que acudir a la vía judicial. La recuperación de la vivienda pasará a un proceso judicial para reclamar su recuperación. 

La ley establece para esta recuperación dos vías, la civil y la penal. Si se va a denunciar de forma inmediata se recomienda la vía penal, para el resto de los supuestos, la vía civil. 

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3. ¿Allanamiento de morada o usurpación?

Hay que saber diferenciar entre el delito de allanamiento de morada y el de usurpación. Los "okupas" incurrirán en el delito de allanamiento de morada cuando entren en una vivienda que es domicilio de otra persona, ya sea habitual como segunda residencia. 

En el caso de que los okupas entraran en una casa en la que no vive nadie y se instalen contra la voluntad del propietario de la misma, hablamos de un delito de usurpación. Este es el caso también de casas vacías de bancos o fondos de inversión. 

Las multas podrían ser de entre 6 meses y un año de prisión con multa de entre 6 y 10 meses para el allanamiento de morada, incrementándose de entre 6 a 3 años si hay violencia o intimidación. 

El delito de usurpación tendría como castigo una multa de entre 3 y 6 meses, y en el caso de utilizar violencia o intimidación podría ser castigado con entre 1 y 2 años de prisión. 

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